Durante el transporte de
RAEE no se realizarán aperturas o desmontajes de los aparatos o residuos, estas
operaciones se
realizaran en las instalaciones de gestión, las condiciones y
requisitos del transporte de RAEE serán los previstos en el anexo VII. . Todo ello
con el fin de proteger la salud humana, de evitar la emisión de sustancias
tóxicas al medio ambiente y de evitar que los RAEE pierdan sus componentes y
materiales esenciales.
En cuanto a los traslados de RAEE
regulados en el capítulo VI, se recogen unos principios comunes relativos a las
condiciones del transporte que se completan con el régimen de traslados de RAEE
dentro de España, en coherencia con el Real Decreto de traslados, y con el
régimen de traslados fuera del territorio nacional y fuera de la UE. Además, se
incorporan los requisitos para distinguir el traslado de AEE usados de los
traslados de RAEE, tal y como dispone la Directiva 2012/19/UE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio.
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