1. Las autoridades competentes en
las materias previstas en este real decreto (110/2015, de 20 de febrero),
especialmente las competentes en materia de gestión de residuos a nivel local,
autonómico y estatal, colaborarán entre sí para lograr la correcta aplicación
de este real decreto, para lograr que los agentes implicados cumplan sus
obligaciones y para que se establezca un adecuado flujo de información entre
Administraciones Públicas. Igualmente colaborarán con estos mismos fines con
otros Estados miembros y con las instituciones comunitarias.
2. Se podrá dar cumplimiento a
esta obligación de cooperación e intercambio de información a través de la
Comisión de Coordinación en materia de residuos, de su grupo de trabajo de
RAEE, de los grupos de expertos relacionados con la gestión de los RAEE en
distintos ámbitos administrativos, así como a través del Centro de
Coordinación de RAEE.
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