miércoles, 1 de abril de 2015

CAPÍTULO IV Artículo 24. Gestión de los RAEE recogidos por los distribuidores. SECCIÓN 3ª. RECOGIDA SEPARADA DE RAEE DOMÉSTICOS POR LOS DISTRIBUIDORES Y SU GESTIÓN. PROY. DE REAL DECRETO SOBRE LOS AEE Y SUS RESIDUOS 30 de julio de 2014.



La gestión de los RAEE recogidos en las instalaciones de las Entidades Locales se podrá encargar directamente a los gestores (empresas privadas), o a los productores a través de la Oficina de asignación de recogidas del artículo 58 Los distribuidores podrán participar en la organización de la gestión de los residuos recogidos en sus instalaciones, en el caso de que los distribuidores establezcan acuerdos directos con los productores de AEE.

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