miércoles, 1 de abril de 2015

CAPÍTULO IV Artículo 29. Recogida separada de RAEE por gestores de residuos. SECCIÓN 5ª. RECOGIDA SEPARADA DE RAEE POR GESTORES DE RESIDUOS. PROY. DE REAL DECRETO SOBRE LOS AEE Y SUS RESIDUOS 30 de julio de 2014.


1. Los gestores (empresas privadas) que realicen la recogida de RAEE entregarán al usuario o poseedor un justificante en el que se indiquen la fecha de la entrega, el tipo de aparato entregado, la marca, el número de serie si es posible, y la información suministrada por el usuario sobre su posible destino a la preparación para la reutilización o reciclado.

2. Estos gestores cumplirán los requisitos previstos en los artículos 17 y 18 de principios comunes sobre la recogida así como con las previsiones de esta sección.

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