martes, 31 de marzo de 2015

Ley 22/2011, de 28 de julio, régimen jurídico específico del flujo de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

La elaboración de este real decreto (PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE LOS APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS Y SUS RESIDUOS 30 de julio de 2014) se fundamenta en la disposición final tercera de la Ley 22/2011, de 28 de julio, que habilita al Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la misma, y, en este caso concreto, se desarrolla el régimen jurídico específico del flujo de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. 
La norma se estructura en once capítulos que quedan ordenados, fundamentalmente, siguiendo las etapas que van desde la aparición de los aparatos eléctricos y electrónicos en el mercado a la recogida y gestión de los residuos de estos aparatos. 
Así los capítulos segundo y tercero están dedicados a regular las obligaciones de los distintos operadores en las primeras etapas del AEE (Aparato eléctrico y Electrónico) y del RAEE (Residuo de los Apartos Eléctricos y Electrónicos): la puesta en el mercado de AEE, su reutilización como AEE usado y la prevención de RAEE. 
El capítulo cuarto se centra en los aspectos de la recogida de RAEE, a través de todos los canales previstos y la consecución de los objetivos de recogida de estos residuos. 
El capítulo quinto versa sobre el tratamiento específico de los residuos y los objetivos de valorización, incluyendo la contabilización de los RAEE trasladados fuera de España para su valorización. 
Y el capítulo sexto está dedicado al traslado de RAEE. Tras los capítulos dedicados a la puesta en el mercado y gestión, los siguientes capítulos del séptimo al undécimo, están dedicados a los aspectos relativos a las autorización y comunicaciones, a la responsabilidad ampliada del productor de AEE, incluidas sus obligaciones, condiciones de autorización, financiación y garantías financieras; a continuación se recogen las obligaciones de información de las Administraciones públicas, la coordinación en materia de RAEE a través del Centro de coordinación y de sus dos instrumentos: la plataforma electrónica y la Oficina de asignación.
El último capítulo está dedicado al régimen de inspección, vigilancia, control y sanción.

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