El Real Decreto 208/2005, de 25
de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus
residuos, incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2002/96/CE,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero. Posteriormente, la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, incorporó al
ordenamiento interno la Directiva 2008/98/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 19 de noviembre de 2008, la Directiva marco de residuos. Entre sus
novedades se incluyen las condiciones en las que deben operar los gestores de
residuos, el régimen de comunicación y autorización de los gestores y de los
sistemas de responsabilidad ampliada del productor, así como el Registro de
producción y gestión único a nivel estatal. Esta ley prevé la existencia de
reales decretos para los flujos específicos de residuos que contendrán las
especificidades propias del régimen de cada tipo de residuos. Este real
decreto (PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE LOS APARATOS ELÉCTRICOS Y
ELECTRÓNICOS Y SUS RESIDUOS
30 de julio de 2014), por su parte, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva
2012/19/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio; incluye las
novedades de la Ley 22/2011, de 28 de julio; y deroga el anterior real decreto
en materia de RAEE para superar los problemas detectados en su aplicación e
incluir la experiencia adquirida en este sector de tan rápida evolución, desde
la publicación de esta norma en el año 2005. La necesidad de elaborar un nuevo
real decreto en este ámbito, obedece a los importantes cambios que ha marcado
la Directiva 2012/19/UE, así como a la necesidad de mejorar determinados
aspectos del funcionamiento del modelo de gestión de RAEE para situarnos en la
senda del cumplimiento de los nuevos objetivos y obligaciones más ambiciosos y
exigentes que la Directiva de 2012 recoge. Hay que destacar la complejidad y la
diversidad de los sectores afectados por la gestión de RAEE: fabricantes de
productos muy diversos, distintos tipos de operadores que llevan a cabo la
recogida de estos residuos y múltiples gestores que intervienen en el
almacenamiento y tratamiento de RAEE. En este complejo contexto de agentes
afectados, las imprecisiones o lagunas de la normativa anterior, dieron lugar a
aplicaciones e interpretaciones muy diversas, y, en definitiva, a una
importante falta de concreción en los criterios básicos aplicables en todo el
territorio del Estado. Adicionalmente hay que tener en cuenta las dificultades
de las Administraciones competentes para obtener y controlar los datos completos
sobre este tipo de residuos, debidos, en parte, a la ausencia de un instrumento
de contabilización y trazabilidad único y homogéneo a nivel estatal sobre los
residuos recogidos, reciclados, valorizados y eliminados. Por último hay que
mencionar el propio valor positivo en muchos casos de estos residuos o
circunstancias como la crisis económica, que derivan en una gestión o traslado
incontrolado de los mismos, por ello resultan fundamentales los instrumentos de
control y trazabilidad que este real decreto incluye. Instrumentos que se
completarán, para ser efectivos, con las labores de inspección y control por
parte de las autoridades competentes, así como con la cooperación y
coordinación de todas las autoridades implicadas, ambientales, aduaneras, etc y
con la conexión de las diversas bases de datos que dan soporte a sus
actividades. Esta nueva regulación sobre los aparatos eléctricos y electrónicos
y la gestión de sus residuos, incorpora las nuevas previsiones de la normativa
comunitaria, recoge los requisitos de la Ley 22/2011, de 28 de julio, e incluye
los elementos para superar las insuficiencias detectadas, mediante un modelo de
gestión de RAEE más eficaz y eficiente, que nos permita cumplir nuestras
obligaciones comunitarias y alinearnos plenamente con los planteamientos del
uso eficiente de los recursos, de protección de la salud humana y del medio
ambiente.
Para comprender algo, solo existe una vía, “leer”. Se debe de leer a personas que han dedicado su vida a investigar el por qué de las cosas. Ellos han tenido aciertos y cometido errores sobre sus investigaciones, experimentos, ensayos, etc., y subsanadas por ellos y por otros. Hoy en día esas sencillas ideas, las aplicamos en muchos ámbitos y podemos mejorarlas con ¡ideas! Ideas que tienen tiempo de investigación, de experimentación, hasta que se consigue la meta fijada.
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