martes, 31 de marzo de 2015

El primer capítulo:PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE LOS APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS Y SUS RESIDUOS 30 de julio de 2014


 Contiene las previsiones generales. Incluye el ámbito de aplicación que será aplicable a partir del año 2019, que amplía el ámbito actual de aplicación y modifica las categorías de AEE que pasan a agruparse en 7 categorías, a diferencia de las 10 existentes en la actualidad, este ámbito de aplicación se completa con el previsto en la disposición transitoria primera, que coincide con el actual con la única modificación de la inclusión de los paneles fotovoltaicos.
Las definiciones incluyen las previstas en la directiva, ente las que se puede destacar la inclusión explícita en el concepto de productor de aquellos que realizan ventas a distancia a través de cauces como la venta por Internet; igualmente se incluye alguna otra definición no incluida en la directiva que había sido demandada para clarificar la aplicación de esta norma como el peso del AEE o RAEE o plataforma logística de la distribución.

El capítulo incluye además la delimitación de las responsabilidades en la producción y gestión de RAEE, para clarificar su alcance. Y se incluye un primer artículo dedicado a la coordinación en materia de RAEE, que adelanta la existencia de un Centro de coordinación de RAEE supervisado por las Administraciones Públicas.

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